https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=210732
El 20 de octubre de 1633, los miembros del Santo Oficio de Murcia votaron que
se presentara ante ellos el médico don Ginés Botía, natural y vecino de Muía, pues
dos calificadores del tribunal habían estudiado las deposiciones de seis testigos y varias
pruebas y habían concluido que el doctor era posible reo de la Inquisición "por adivinación supersticiosa que argüia pacto con el Demonio y escandalosa por la publicidad..." .
El cielo se debió de derrumbar sobre la cabeza del denunciado, quien pertenecía a
una de las más importantes familias de la villa. Efectivamente, era el suyo un linaje
que se enorgullecía de hundir sus raíces en las tierras de Muía desde los tiempos de
la conquista de la plaza fuerte por las tropas de Femando III, comandadas por su hijo
Alfonso, futuro Rey Sabio, allá por el año 1244.
El encausado tenía en ese momento 61 años de edad, ya que había nacido en
1572, siendo acreedor de diversos achaques. Su nombre completo era Ginés Botía-
Peñalver y García de la Ballesta y estaba casado desde 1597 con doña Elena Pintor,
con la que había tenido tres hijos que, a esas alturas de la vida, le habían dado nietos.
Fallecería en 1637, dejando en su testamento numerosas mandas y la ejecución de
400 misas por él, 30 por las ánimas del Purgatorio y 20 por las de sus padres.
La acusación de llevar a cabo prácticas adivinatorias no aceptadas ha constituido
uno de los más importantes instrumentos usados por el poder político en el
ejercicio del control social. En este trabajo se realiza un estudio de las fuentes
romanas relativas a la cuestión, comprobándose cómo la represión de la adivinación,
en todas sus formas, se incrementó a medida que Roma fue adquiriendo
caracteres propios de una teocracia. Los monarcas visigodos continuaron esta tendencia
represiva que, como se constata mediante el somero repaso de los hitos más
importantes del Derecho español realizado en el capítulo de conclusiones, no desaparecerá
totalmente hasta finales del siglo xx.
La reencarnación es un aspecto de esa ley cósmica "ley de evolución" que
rige la vida en sus múltiples manifestaciones.
Nos ofrece las pruebas objetivas para la comprensión del porqué de las
desigualdades humanas y de los diversos estadios o fases del proceso
evolutivo del espíritu.
No obstante, esta ley divina de las vidas múltiples, vidas necesarias para
el desarrollo de las facultades recibidas de la Divinidad Creadora en la
génesis del ego, ha venido siendo ocultada en Occidente por los
convencionalismos, junto con otros muchos conceptos de verdad.
Pero los tiempos son llegados para el conocimiento de muchos conceptos
de verdad ocultos y para el desmoronamiento de aquellos carentes de
esa verdad.
Sebastián de Arauco
Este trabajo analiza la vigencia y evolución de las voces Astronomía y Astrología desde finales del siglo XVII –época de la corriente de los llamados novatores– hasta principios del XIX. El estudio se lleva a cabo gracias al examen de los significados que las voces en cuestión tienen bien en los tratados de la época, bien en importantes obras lexicográficas. Como se pone en evidencia en el presente trabajo, los campos de competencia de la Astronomía y de la Astrología no estaban aún total y unánimemente diferenciados en el siglo XVIII y, además, la práctica de las predicciones a través de los astros fue objeto de una polémica encendida.
Con el presente artículo me propongo mostrar cuáles son los significados con los que, entre finales del siglo XVII y principios del siglo XVIII, se empleó el término desengaño en textos de contenido astrológico, tanto ensayísticos como paraliterarios. Además, ilustraré cómo, en el mismo período, se asiste a una resemantización de este concepto: de hecho, el cambio de perspectiva desde la que se discutieron las doctrinas astrológicas y astronómicas en este arco temporal permite observar el paso de un desengaño aún ligado a una cosmovisión barroca a un desengaño cuya acepción resulta más moderna y científica.
https://journals.openedition.org/e-spania/52682?lang=es#tocto1n3
En el inicio del segundo acto del célebre drama de Lope de Vega, Fuenteovejuna, al alcalde, Esteban, le preocupa que el inminente mal tiempo le obligue a tomar decisiones drásticas para mantener a salvo los cereales y otros productos de necesidad. Tanto para él como para el regidor, la respuesta obvia al dilema es la de almacenar el grano y así conservarlo para su uso en el futuro. Su sentido común, sin embargo, choca con creencias astrológicas muy arraigadas que dominaban la toma de decisiones de tipo social y económico. La posterior conversación entre los dos concejales muestra sus desavenencias con respecto al falso y falaz conocimiento de los astrólogos y su supuesta capacidad para prever las condiciones futuras para una buena cosecha: No se puede sufrir que estos astrólogos en las cosas futuras, y ignorantes, nos quieran persuadir con largos prólogos los secretos a Dios sólo importantes (868-871.) A través de las palabras del alcalde, Lope parece criticar a los astrólogos por hacer pronósticos infundados y sin prueba alguna sobre el futuro y, al 1 Trato este tema con más detalle en "The Politics of Agriculture: Drama and Agrarian Plight in Lope's Fuenteovejuna".
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